Si un niño dice que sí, es no | Columna en El Líbero

Hasta hace poco, el discurso progresista en Chile y el mundo consideraba como un simple y lamentable traspié el que intelectuales como Michel Foucault y Simone de Beauvoir hubiesen, en 1977, solicitado a las autoridades francesas la abolición de la edad de consentimiento para las relaciones sexuales. “Tuvieron razón en todo, menos en eso”, argumentaba un progresismo empecinado en salvar a sus padres.

Sin embargo, la pregunta que algunos rostros de la revolución sexual respondieron vergonzosa y afirmativamente hace cincuenta años, y que parecía superada, irrumpe nuevamente en el debate público. En efecto, la cuestión sobre la posibilidad o imposibilidad del consentimiento sexual infantil vuelve a la carga. Hagamos un breve recuento.

En España, la ex ministra de Igualdad afirmó en 2022 que los niños “tienen derecho a tener relaciones sexuales con quien les dé la gana; basadas, eso sí, en el consentimiento”. Dos años después, en el mismo país, una campaña contra el abuso infantil señaló que “si el niño dice que no, no es sexo; es agresión”, dejando entrever que, si el niño dice que sí, no existiría ni agresión ni abuso ni violación, sino simplemente sexo consentido. En Países Bajos, se ha discutido públicamente si la pedofilia debe ser considerada una orientación sexual. En Alemania, se ha propuesto reducir la edad de consentimiento sexual bajo ciertos criterios de “madurez individual”. La Universidad de Chile, en un hecho que escandalizó a la opinión pública, aprobó dos tesis que legitiman la pedofilia. Así también, algunos avalan que los menores de edad decidan si someterse o no a intervenciones de “reasignación de sexo”; y existen padres chilenos que han perdido la custodia de sus hijos por no autorizar en ellos la llamada “transición de género”. Podríamos seguir…

Todas estas escenas distópicas se resumen en una sola gran ficción: los niños tendrían libertad sexual, y no sólo indemnidad sexual. Es decir, estarían en condiciones de prestar o denegar libremente su consentimiento para mantener (o no) relaciones sexuales, y para tomar (o no) decisiones que impactan de forma irreversible en su desarrollo psico-sexual.

En este contexto, el espíritu del nuevo proyecto de ley sobre educación sexual integral (ESI) viene a engrosar el listado anterior. La iniciativa legal declara que su objetivo es prevenir el abuso sexual infantil, por la vía de empoderar a los niños a través del conocimiento de su propio cuerpo y de sus límites. Sin embargo, las fuentes contenidas en la idea matriz y antecedentes del proyecto desmienten que sea esa la principal finalidad de la ley. Veamos dos de esas fuentes.

Primero, el Informe no vinculante de la ONU sobre Educación Sexual Integral (2010). A lo largo de sus 23 páginas, el documento señala sólo en 1 oportunidad la necesidad de prevenir el abuso sexual (p. 13). Y, en cambio, hace referencia más de 10 veces a conceptos como el “goce sexual” (p.5), el “placer sexual” (p. 7 y 18), el “disfrute sexual” (p. 5 y 7) y el “disfrute sin discriminación, desde etapas tempranas de la vida de las personas” (p.20). Agrega que los niños, “desde la escuela primaria”, deben tener acceso a una “educación sexual integral” que contenga una “dimensión de género” y de “nuevas masculinidades” (p. 22).

Segundo, una tesis de pregrado llamada “Currículum y sexualidad” (Universidad de Chile, 2020). Este trabajo citado por el proyecto de ley comete, al menos, dos errores. Uno de ellos es suscribir las teorías de Foucault sobre sexualidad infantil y educación de la sexualidad. El otro, valorar positiva y acríticamente el documento “Oportunidades Curriculares” (MINEDUC 2018), el cual propone actividades dentro del aula que sexualizan tempranamente a los niños. En efecto, el Ministerio recomienda que los niños de séptimo básico realicen “dramatizaciones” de “expresiones de la sexualidad en relaciones entre jóvenes, adultos, matrimonio; de personas del mismo o distinto sexo” (p.52); y que “observen la imagen de un coito y/o deposición del semen en la vagina” (p.116).

Indudablemente, es positivo el objetivo declarado en este proyecto: la prevención del abuso sexual infantil. Sin embargo, una ley como esta no es el medio adecuado para alcanzarlo. Es más: con los antecedentes hasta aquí a la vista, es probable que aprobar la ESI agrave la situación de vulnerabilidad en que se encuentran los niños a los que queremos proteger. Entre otras razones, porque su matriz contiene ambigüedades que llevan a confundir la indemnidad sexual infantil con una libertad sexual que en la infancia es inexistente. Cuando intercambiamos estos dos términos o desdibujamos la frontera entre ellos, abrimos la puerta a que los más fuertes se disfracen de educadores y los más frágiles paguen el costo.

Javiera Corvalán, investigadora legislativa senior de IdeaPaís.